Contraloría social

Esta figura implica una relación entre el Gobierno Federal y los ciudadanos, definiéndose como el conjunto de acciones de control, vigilancia y evaluación que realizan las personas, de manera organizada o independiente, en un modelo de derechos y compromisos ciudadanos, con el propósito de contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos se realice bajo esquemas de transparencia, eficacia, honestidad, legalidad y honradez, así como para exigir la rendición de cuentas a los gobernantes, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley General de Desarrollo Social, que establece en su Capítulo VIII denominado “Contraloría Social”, lo siguiente:

Artículo 69.- Se reconoce a la Contraloría Social como el mecanismo de los beneficiarios, de manera organizada, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.

Artículo 70.- El Gobierno Federal impulsará la Contraloría Social y le facilitará el acceso a la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 71.- Son funciones de la Contraloría Social:

1. Solicitar la información a las autoridades federales, estatales y municipales responsables de los programas de desarrollo social que considere necesaria para el desempeño de sus funciones;

2. Vigilar el ejercicio de los recursos públicos y la aplicación de los programas de desarrollo social conforme a la Ley y a las Reglas de Operación;

III. Emitir informes sobre el desempeño de los programas y ejecución de los recursos públicos:

1.Atender e investigar las quejas y denuncias presentadas sobre la aplicación y ejecución de los programas, y

2. Presentar ante la autoridad competente las quejas y denuncias que puedan dar lugar al fincamiento de responsabilidades administrativas, civiles o penales relacionadas con los programas sociales.

Con la finalidad de promover y homologar las acciones del esquema de Contraloría Social en los Programas de la Administración Pública Federal, durante el ejercicio de 2008, la Secretaría de la Función Pública, emitió los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social.

Ahora bien, considerando que el Centro Nacional de las Artes abrió sus puertas en noviembre de 1994 con el objetivo de atender las necesidades de revitalización que, de cara al nuevo milenio, se hacían más evidentes en los ámbitos de la formación y la difusión de las artes. En este sentido los programas y los respectivos proyectos con los que participa en el Contraloría Social están enfocados a la formación artística y al apoyo a la investigación, producción y difusión de las artes y sus procesos de formación.

Es necesario que la ciudadanía participe en las acciones relacionadas con la Contraloría Social y contar con información oportuna, completa, clara, fidedigna y accesible para contar con las evidencias que transparenten la recepción de los recursos federales para el desarrollo social.

Contraloría Social del Programa presupuestario E011 Desarrollo Cultural

Se promoverá la participación de los beneficiarios del Programa presupuestario E011 Desarrollo Cultural, a través de la constitución y operación de comités de contralorías social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

Para lograr lo anterior, el Centro Nacional de las Artes, CENART, como instancia responsable del Programa, deberá sujetarse al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, con base en los documentos de Contraloría Social autorizados por la Secretaría de la Función Pública.

Para la integración de los Comités de Contraloría Social se promoverá la participación paritaria de hombres y mujeres.

Marco jurídico

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 6, 8, y 26.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículos 26 y 32.
  • Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía (en su totalidad).
  • Ley General de Desarrollo Social, artículos 14, 69, 70 y 71.
  • Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 2.
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 1.
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, artículos 12 y 21.
  • Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, artículos 67, 68, 69, 70, 73 y 74.
  • Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social.
  • Lineamientos para la Operación de los Programas de Desarrollo Social y Humano.
  • Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
  • Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

Quejas y denuncias

Para facilitar la comunicación con los ciudadanos el CENART ha dispuesto un correo electrónico para la captación de sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente: contraloriasocial@cenart.gob.mx.

Los ciudadanos también pueden dirigirse a:

Centro Nacional de las Artes
Río Churubusco 79, Col. Country Club,
Delegación Coyoacán, Ciudad de México C.P. 04220
O bien llamar al teléfono (01 55) 4155-0000

Órgano Interno de Control de la Secretaría de Cultura
Reforma 175 Piso 15 Col. Cuauhtémoc, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06500
Conmutador:  41550200 ext. 9011, 9043 y 9587
Titular Del Órgano Interno De Control: Lic. Víctor Romero Maldonado
vromerom@cultura.gob.mx